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Participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa: ¿Qué debes saber?

Como cada año, durante los meses de abril y mayo es obligatorio para todas las empresas llevar a cabo el reparto de utilidades que marca la Ley Federal del Trabajo. Por lo que es importante conocer las nuevas limitantes para el cálculo de dicho beneficio para los trabajadores.

Haciendo principal énfasis en que con las nuevas disposiciones, producto de la reforma laboral de abril de 2021, las empresas deberán considerar nuevas reglas para el pago de las utilidades, destacándose el artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo que establece que el monto de participación de utilidades tiene como límite máximo 3 meses del salario del trabajador, salvo en aquellos casos en los que el promedio de utilidad recibida en los últimos tres años por el trabajador exceda dicho límite, en cuyo caso aplicará el que mayor le beneficie a este.

De igual manera, en cumplimiento con la legislación vigente, las empresas deberán llevar a cabo la integración de una Comisión Mixta para el reparto de utilidades, conformada por representantes tanto patronales como de los propios trabajadores, buscando un equilibrio en la misma.

Ahora bien, conforme a lo establecido por el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, se mantiene el 10% sobre las ganancias de la empresa como porcentaje para la repartición de las utilidades, el cual se dividirá en dos partes iguales para posteriormente asignar la participación correspondiente, tomando en consideración por un lado los días laborados por cada trabajador, independientemente del salario que perciban, y por el otro, el monto en función del salario cuota diaria de cada uno.

Con lo anterior, se busca no afectar al sector empresarial e impulsar un crecimiento en las utilidades al mismo tiempo en que se busca beneficiar a los trabajadores, pues se estima que perciban en promedio un incremento del 159% en su PTU, según la Guía para cumplir con las obligaciones en reparto de utilidades, emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social el 25 de marzo de 2022.

Si tuvieran alguna duda o comentario adicional, por favor no duden en contactarnos.

Contacto

Gerardo Valencia García de Quevedo
gvalencia@cuestacampos.com

Karla Paola Jiménez
kjimenez@cuestacampos.com

Erick Sastré
esastre@cuestacampos.com

Lo anterior se proporciona como información general preparada por profesionales con respecto al tema referido. Este documento sólo se refiere a leyes aplicables en México. Si bien se ha hecho todo el esfuerzo para proporcionar información correcta, no asumimos ningún tipo de responsabilidad por errores u omisiones. Por medio del presente, no se está rindiendo asesoría legal, contable o profesional de ningún tipo.