25 Jan Refrendo de Licencia Municipal de Giro y/o de Anuncios
Entre las obligaciones anuales de los establecimientos ya sea comerciales, industriales o de servicios, se encuentra el refrendo de la licencia municipal de giro correspondiente, así como de anuncios, según sea aplicable.
El refrendo anual de la licencia municipal de giro y/o anuncios deberá hacerse dentro de los dos primeros meses del año, es decir, a más tardar el último día del mes de febrero. Para evitar cualquier tipo de sanción les recomendamos realizar en tiempo el refrendo de su licencia municipal de giro y/o anuncios de su establecimiento.
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Contacto
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