El pasado 14 de octubre de 2024, el SAT publicó la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024, a través de la cual se adicionó la obligación relativa a presentar un “Aviso de Adición de Fracciones Arancelarias” (el “Aviso”) ante la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (“AGACE”).
Las empresas con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA/IEPS (“Certificación IVA”) que deseen importar fracciones arancelarias no incluidas en el proceso productivo reportado en su solicitud original, deberán presentar el Aviso de nuevas fracciones con al menos 30 días de anticipación a la primera importación de dichas mercancías.
En virtud de que dicho trámite ya se encuentra habilitado en la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (“VUCEM”), la AGACE ha comenzado a enviar cartas invitación a empresas con Certificación IVA, requiriendo el cumplimiento de dicha obligación. En caso de no cumplir la presentación del Aviso, la Autoridad Aduanera iniciará el procedimiento de cancelación de la Certificación IVA y en consecuencia se suspenderán los beneficios de dicha Certificación.
Recomendaciones Clave
Si recibiste una carta invitación o estás en proceso de presentar el Aviso, toma en cuenta lo siguiente:
- El Aviso no es un mero acto de presentación de un formato. El Aviso implica todo un proceso de revisión y análisis de la operación.
- Con la presentación del Aviso, es necesario hacer un análisis de los procesos productivos realizados al momento de la solicitud de la Certificación IVA (registrado ante la AGACE) y los procesos actuales.
- Es importante tomar en cuenta los proyectos a futuro para identificar ajustes en el Aviso en tiempo y forma.
- Sugerimos revisar con detalle los formatos oficiales a efecto de estar familiarizado con los requisitos técnicos y la información que se deberá incluir.
Cabe señalar que la AGACE ha intensificado el monitoreo a las empresas con Certificación IVA, por lo que es importante verificar el cumplimiento de esta obligación, para evitar la suspensión de los beneficios de dicha Certificación y el pago del IVA a cargo del importador desde el inicio de la Certificación IVA (lo cual, en muchos casos son montos millonarios).
En caso de cualquier duda sobre el cumplimiento de dicho Aviso, nuestro Equipo de Comercio Exterior está listo para apoyarlos.
Contacto
Alejandro Martínez
amartinez@cuestacampos.com
Ana Victoria Parra
aparra@cuestacampos.com
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