Compartir en LinkedIn
Compartir por WhatsApp
Compartir por Email

Client Alert

El IMSS aprueba el uso exclusivo de la e.firma para movimientos afiliatorios y la vinculación de representantes legales mediante el Escritorio Virtual.

julio 22, 2026

El 16 de julio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Acuerdo dictado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por medio del cual se aprueba el uso exclusivo de la Firma Electrónica Avanzada (e.firma), cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para la realización de movimientos afiliatorios y demás actos que los patrones o sujetos obligados lleven a cabo ante el IMSS por medios electrónicos.

Conforme al primer punto del Acuerdo, los actos que los patrones o sujetos obligados realicen ante el IMSS por medios electrónicos y firmen con su e.firma producirán los mismos efectos legales que los documentos presentados con firma autógrafa, y tendrán el mismo valor probatorio que les reconocen las disposiciones aplicables.

En consecuencia, se dejará de utilizar el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y el certificado digital expedido por el propio IMSS para la realización de estos trámites.

Asimismo, cuando los patrones o sujetos obligados autoricen a un representante legal, administrador o apoderado a realizar actos en su nombre y representación, la vinculación correspondiente deberá llevarse a cabo exclusivamente a través del Escritorio Virtual del IMSS. Para tales efectos, tanto la persona representada como el representante deberán autenticarse y suscribir la vinculación mediante el uso de sus respectivas e.firmas.

Finalmente, el Acuerdo otorga un periodo de transición de 90 días naturales, contados a partir de su publicación, para que los patrones o sujetos obligados migren al uso exclusivo de la e.firma.

Por lo anterior, y considerando el periodo de transición señalado, desde Cuesta Campos recomendamos:

  • Verificar la vigencia y correcta emisión de la e.firma de la empresa y de sus representantes legales, administradores o apoderados ante el SAT.
  • Iniciar, a la brevedad, el proceso de vinculación de representantes legales exclusivamente a través del Escritorio Virtual del IMSS.
  • Identificar a las personas que actualmente realizan trámites patronales con el NPIE y gestionar su migración a la e.firma dentro del periodo de transición.
  • Revisar y, en su caso, actualizar los accesos y permisos del Escritorio Virtual conforme a la nueva vinculación exclusiva mediante e.firma.
  • Capacitar al personal responsable de trámites afiliatorios y patronales sobre el uso de la e.firma y el Escritorio Virtual.
  • Entre otros.

Por lo cual, en caso de requerir de nuestra asistencia para cualquier duda o información adicional, favor de contactarnos y con gusto los apoyaremos.

 

Contacto

Gerardo Valencia
gvalencia@cuestacampos.com

Sandra Chávez
schavez@cuestacampos.com

 

LO ANTERIOR SE PROPORCIONA COMO INFORMACIÓN GENERAL PREPARADA POR PROFESIONALES CON RESPECTO AL TEMA REFERIDO. ESTE DOCUMENTO SÓLO SE REFIERE A LEYES APLICABLES EN MÉXICO. SI BIEN SE HA HECHO TODO EL ESFUERZO PARA PROPORCIONAR INFORMACIÓN CORRECTA, NO ASUMIMOS NINGÚN TIPO DE RESPONSABILIDAD POR ERRORES U OMISIONES. POR MEDIO DEL PRESENTE, NO SE ESTÁ RINDIENDO ASESORÍA LEGAL, CONTABLE O PROFESIONAL DE NINGÚN TIPO.

Contenido Relacionado

Suscríbete a nuestro newsletter