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Entrada en vigor del T-MEC.

El 29 de junio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto Promulgatorio del Protocolo que sustituye el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) por el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC), el cual señala que las disposiciones previstas en el T-MEC entrarán en vigor el 1ro de julio de 2020.

Sin perjuicio de lo anterior, el Artículo 8 del Anexo 4-B del T-MEC relativo al Capítulo 4 de las Reglas de Origen, establece un Régimen de Transición, el cual, tiene como propósito que las empresas automotrices que no cuenten con las herramientas y/o capacidad para dar cumplimiento a las nuevas reglas de origen del T-MEC puedan notificar a la Secretaría de Economía, antes del 1ro de julio, la adhesión al regimen de transición, esto, para apoyar a las empresas armadoras a cumplir con los requisitos señalados en el Apéndice Automotriz por un periodo de 5 años a partir de la entrada en vigor del T-MEC.

La entrada en vigor de las nuevas reglas para el comercio y la inversión en América del Norte previstas en el T-MEC crearán las condiciones necesarias para dar certidumbre a inversionistas, consumidores y productores. Como resultado de la modernización del TLCAN, se crearon entre otras cosas:

  • Un tratado más amplio: se logró el acceso a los mercados de manera irrestricta para la industria agroalimentaria, se incluyeron nuevas disciplinas para el comercio electrónico, procedimientos de origen y certificados de origen, así como nuevas disposiciones laborales.
  • Un tratado más fuerte: Asimismo, un cambio importante en la modernización fue la incorporación de una corte permanente para solucionar controversias y disputas que surjan entre los países miembros del T-MEC. Además de que se logró establecer una protección más fuerte a ciertos productos que son emblemáticos para México, tales como el tequila y el mezcal.
  • Un tratado moderno: En virtud de la modernización, además de contemplar las modificaciones previamente mencionadas, también se incluyeron nuevas disciplinas aplicables para las pequeñas y medianas empresas, nuevas disciplinas en materia de transparencia y anticorrupción, así como para la protección al medio ambiente.

El T-MEC se suma a la complejidad que enfrentan las empresas mexicanas y estadounidenses en el ámbito empresarial, brindando soluciones que se adecuen a los aspectos prácticos del día a día. Los profesionales del área de Comercio Exterior de Cuesta Campos & Asociados, S.C. están bien posicionados para ayudarlo a analizar el impacto de estas medidas comerciales y desarrollar las estrategias más efectivas para minimizar el impacto que se pudiera tener en su negocio.

En caso de tener alguna duda, requerir nuestra asistencia o información adicional, favor de contactar a los profesionales en Comercio Exterior de Cuesta Campos.

Contacto

Rafael Sánchez
rsanchez@cuestacampos.com

Franscela Sapien
fsapien@cuestacampos.com

www.cuestacampos.com

Lo anterior se proporciona como información general preparada por profesionales con respecto al tema referido. Este escrito sólo se refiere a leyes aplicables en México. Si bien se ha hecho todo el esfuerzo para proporcionar información correcta, no asumimos ningún tipo de responsabilidad por errores u omisiones. Por medio del presente, no se está rindiendo asesoría legal, contable o profesional de ningún tipo.