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Con la entrada en vigor del Corporate Transparency Act (CTA) en los Estados Unidos, las empresas con operaciones o registro en dicho país enfrentan nuevos retos en el cumplimiento de obligaciones fiscales y regulatorias. El presente documento tiene como objetivo informarles sobre los riesgos y responsabilidades derivadas de dicha actualización en los EE. UU., con relación a las disposiciones mexicanas de Beneficiario Controlador (BC).

Entre las obligaciones anuales de los establecimientos, comerciales, industriales o de servicios, se encuentra el refrendo de la licencia municipal de giro correspondiente, así como de los permisos de anuncios, según sea aplicable.

El Senado de la República aprueba por unanimidad la reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de descanso durante la jornada.

Acuerdo por unanimidad entre el Consejo Coordinador Empresarial y la Comisión Nacional de Salarios Mínimos por el que se establece un incremento del 12% a los Salarios Mínimos generales vigentes a partir del 1 de enero de 2025 en México.

El pasado 15 de septiembre de 2024 fue publicado un Decreto de Reforma por virtud del cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución de nuestro país, en materia de reforma del Poder Judicial. Este decreto contiene modificaciones sustanciales a la integración y funcionamiento del Poder Judicial, entre otros cambios y modificaciones relevantes, lo que constituye una nueva realidad jurídica y un cambio de paradigma para las empresas nacionales e internacionales que buscan operar o continuar operando en México.

La “NOM-038-STPS-2024,” tiene como objetivo establecer la clasificación de las actividades agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca, a fin de que sean identificadas aquellas labores, tareas o trabajos considerados de menor riesgo para las personas trabajadoras menores, conforme a lo que establece el Artículo 176, fracción II, numeral 8, de la Ley Federal del Trabajo, que no impliquen el uso de químicos, manejo de maquinaria y vehículos pesados. La “NOM-038-STPS-2024,” aplica a todos los centros de trabajo del territorio nacional que cuenten con menores de más de 16 años cumplidos y menores de 18 años cumplidos, que desarrollen labores, tareas o trabajos en actividades agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca. Esta NOM aplica a todos los centros de trabajo del territorio nacional que cuenten con menores de más de 16 años cumplidos y menores de 18 años cumplidos, que desarrollen labores, tareas o trabajos en actividades agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca.

Se publicó el nuevo proyecto de Norma Oficial Mexicana: PROY-NOM-174-SEMARNAT-2024, mediante el cual, se establecen los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes y partículas provenientes del escape de motores nuevos incorporados o a ser instalados en maquinaria móvil nueva no de carretera, que usan diésel como combustible, tales como tractores y maquinaria utilizada en el sector industrial, agropecuario, minero y de la construcción. De ser aprobado este Proyecto de NOM, la norma será de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para los fabricantes e importadores de motores nuevos incorporados o a ser instalados en maquinaria móvil nueva no de carretera que usan diésel como combustible.

Con la publicación de la “Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024 y sus anexos 2, 5, 9, 17 y 22”, el SAT ha identificado que algunas empresas de mensajería y paquetería han realizado prácticas indebidas en la importación de mercancías, evitando el pago de impuestos y el cumplimiento de Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (“RRNAs”), lo cual pudiera derivar en contrabando y defraudación fiscal.

Con la publicación del Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, se vieron afectadas 544 fracciones arancelarias de diversas industrias, entre ellas la del aluminio y el acero. Sin embargo, tras identificar que actualmente no hay producción nacional de aluminio en bruto primario, y que la disponibilidad de dicha mercancía en países con los que México tiene celebrado un tratado internacional en materia comercial es insuficiente, la Secretaría de Economía decidió suprimir dos fracciones arancelarias de dicho Decreto, consistentes en: aluminio sin alear (7601.10.02 ) y aleaciones de aluminio (7601.20.02).