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A partir del 01 de julio del 2000, entró en vigor el Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Europea (“TLCUEM”), creciendo así el comercio entre México y la Unión Europea hasta 4 veces a partir de su entrada en vigor. Con el propósito de adecuar el Tratado a las circunstancias actuales, así como incluir aspectos tecnológicos y comerciales, en junio de 2016 se inició un proceso de modernización del TLCUEM, el cual finalmente concluyó la etapa de negociación el 28 de abril de 2020.

El 25 de marzo de 2020 fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación, el criterio para la aplicación del Artículo 17 de la Ley de Inversión Extranjera, relativo al establecimiento de personas morales extranjeras en México, cuyo país de origen tenga celebrado un tratado de libre comercio.

Derivado de la emergencia sanitaria causada por la epidemia de COVID-19, la Comisión Federal de Competencia Económica (“COFECE”), estando consciente de los efectos en los mercados, y para coadyuvar a que no se interrumpan las cadenas de suministro o artificialmente se restrinja la oferta y se encarezcan los bienes o servicios, el 27 y 30 de marzo publicó dos comunicados.

De conformidad con lo establecido en el Tratado EE.UU. – México - Canadá (“TMEC”), ratificado por Canadá el pasado 13 de marzo de 2020 y que se espera entre en vigor en los próximos meses, sustituyendo así las disposiciones previstas en el TLCAN, proporcionamos a continuación un resumen de las principales disposiciones sobre los capítulos 14 y 31.

A partir de la reforma al artículo 128 de la Ley de la Propiedad Industrial, la Declaración de Uso se volvió obligatoria para los titulares de marcas registradas en México, y el no presentarla en los términos que establece la ley, representa una causal de caducidad para los registros marcarios.

Para hacer efectiva la operación y aplicación de las disposiciones establecidas en el T-MEC, este tratado contempla los siguientes mecanismos de solución de diferencias: (i) en materia de Remedios Comerciales; (ii) Inversionista-Estado; y (iii) Estado-Estado. La Secretaría de Economía ha publicado algunas de las modificaciones y adiciones que han tenido dichos mecanismos en comparación con las disposiciones establecidas en el TLCAN. Es artículo contiene un resumen de dichos mecanismos.