El Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) publicó el 14 de mayo de 2026 el boletín B.SNICE 001/2026, el cual establece los requisitos y detalles del nuevo requisito para la importación a México de 42 fracciones arancelarias de productos de aluminio.
Como antecedente, el 02 de abril 2026, se publicó el “Acuerdo que modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, a través del cual se agregó la obligación de presentar aviso automático de importación para productos de aluminio.
De acuerdo con el SNICE, el aplicativo de dicho aviso estará disponible en VUCEM a partir del 18 de mayo de 2026 y será obligatorio declararlo en los pedimentos de importación, a partir del 25 de mayo de 2026.
Implicaciones
Este aviso afectará 42 fracciones arancelarias, que incluyen aluminio puro, perfiles, aleaciones, y piezas fabricadas de este material, las cuales no podrán ser importadas si no se transmite dicho aviso.
Para la presentación del aviso se requiere información específica y detallada, como: fracción arancelaria, descripción, país de fundición y país de vertido, entre otros.
Recomendaciones
La no presentación del aviso generará una afectación en los tiempos de la operación, por lo que es indispensable conocer este nuevo requerimiento y observar el cumplimiento del mismo.
La autoridad estará en constante vigilancia para verificar que la información declarada en el aviso coincida con la mercancía importada y su veracidad. Por lo que transmitir y/o utilizar un aviso con información incorrecta o incompleta podría tener implicaciones negativas.
Nuestro equipo de expertos está disponible para atender sus necesidades operativas y regulatorias en materia de comercio exterior. Nos ponemos a sus órdenes para comentar las implicaciones y particularidades del aviso de importación para anticipar riesgos y asegurar la continuidad de sus operaciones.
Contacto
Alejandro Martínez
Ana Victoria Parra
LO ANTERIOR SE PROPORCIONA COMO INFORMACIÓN GENERAL PREPARADA POR PROFESIONALES CON RESPECTO AL TEMA REFERIDO. ESTE DOCUMENTO SÓLO SE REFIERE A LEYES APLICABLES EN MÉXICO. SI BIEN SE HA HECHO TODO EL ESFUERZO PARA PROPORCIONAR INFORMACIÓN CORRECTA, NO ASUMIMOS NINGÚN TIPO DE RESPONSABILIDAD POR ERRORES U OMISIONES. POR MEDIO DEL PRESENTE, NO SE ESTÁ RINDIENDO ASESORÍA LEGAL, CONTABLE O PROFESIONAL DE NINGÚN TIPO.