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Actualizaciones fiscales y obligaciones medioambientales en Ciudad de México.

El 27 de diciembre de 2024 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México una reforma y adición al Código Fiscal de la Ciudad de México, en donde ahora las disposiciones establecen lo siguiente:

1. Incremento en la tasa del impuesto sobre nóminas (“ISN”), el cual es del 3% al 4% sobre el monto total de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.

2. Nuevo impuesto ecológico, que grava las emisiones de gases contaminantes como lo son el:

a. Dióxido de carbono (CO2);
b. Metano (CH4); y
c. Óxido nitroso (N₂O) que superen una tonelada de dióxido de carbono equivalente (t CO2e) al mes.

Este impuesto establece una cuota de $58.00 pesos por cada tonelada de CO2e, el cual será exclusivamente aplicado a las emisiones generadas por fuentes fijas, definidas como instalaciones permanentes que son destinadas a procesos industriales, comerciales, de servicios o cualquier otra actividad que, en ese sentido, emita contaminantes a la atmósfera.

Lo anterior entró en vigor el 1° de enero de 2025. Estas disposiciones han generado preocupación en los sectores empresarial e industrial debido a que podrían considerarse violatorias de disposiciones constitucionales de México. En ese sentido, las empresas que opten por impugnar estos impuestos mediante la interposición de un juicio de amparo podrán hacerlo dentro de los quince días hábiles posteriores a la realización del primer pago del ISN o del nuevo impuesto ecológico, según le corresponda.

Quedamos a la orden para discutir y evaluar pros y contras de asumir el cumplimiento en el pago de estos impuestos o considerar la impugnación de los mismos con base en los principios constitucionales de proporcionalidad y equidad tributaria.

Contacto

Rafael Sánchez

rsanchez@cuestacampos.com

Javier Castañeda

jcastaneda@cuestacampos.com

LO ANTERIOR SE PROPORCIONA COMO INFORMACIÓN GENERAL PREPARADA POR PROFESIONALES CON RESPECTO AL TEMA REFERIDO. ESTE DOCUMENTO SÓLO SE REFIERE A LEYES APLICABLES EN MÉXICO. SI BIEN SE HA HECHO TODO EL ESFUERZO PARA PROPORCIONAR INFORMACIÓN CORRECTA, NO ASUMIMOS NINGÚN TIPO DE RESPONSABILIDAD POR ERRORES U OMISIONES. POR MEDIO DEL PRESENTE, NO SE ESTÁ RINDIENDO ASESORÍA LEGAL, CONTABLE O PROFESIONAL DE NINGÚN TIPO.